jueves, 31 de julio de 2014

Comprensión de la legislación ambiental de residuos sólidos en colombia

COMPRENSIÓN DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS EN COLOMBIA







Brenda Daniela Martinez Huertas






Lic: Linton Barrera









Institución Educativa José María Córdoba
Tauramena-Casanare
2014
COMPRENSIÓN DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS EN COLOMBIA

La legislación ambiental es un conjunto de reglas que interactúan con el fin de minimizar el impacto ambiental causado por el ser humano. Estas reglamentaciones deben ser cumplidas ya que protegen flora y fauna y busca el control de la contaminación, la remediación y la conservación de los recursos.

La normatividad en Colombia fue establecida para formar orden en la comunidad dependiendo de algunas Leyes, Decretos, Resoluciones, entre otros, estas normatividades son de acuerdo con la ley, muchas de estas son autorizadas por: Congreso De La República, Ministerio De Ambiente, Viviendo Y Desarrollo Territorial, Ministerio Del Medio Ambiente, Ministerio De Salud, Ministerio De Transporte.

El problema de los residuos sólidos, cada vez se notan más y nos preocupan. De la misma forma de que existen gran variedad de basuras, también existen variedad de contaminación, esta contaminación provocada por estos residuos es impresionante para la producción de humanos, la contaminación del aire, del suelo, del agua, de la vegetación, alteraciones físicas de los ecosistemas. Estos se deben al aumento general de la cantidad de residuos, exceso de envases plásticos y metálicos, aumentos de residuos orgánicos, desechos industriales y minerías tóxicas. Esta contaminación se debe a la mala separación de residuos, ya que si no se hace la adecuada separación pueden causar un químico toxico y peligroso para la vida y para el ecosistema, por lo tanto es muy importante tener una forma adecuada para el manejo y organización de residuos sólidos para la prevención de estos tipos de problemas.

Las leyes nos ayudan a prevenir y remediar este problema, podemos aprovechar estos materiales para el bien de la comunidad y del ambiente, los desechos orgánicos son perfectos para la agricultura, y el plástico se puede utilizar para crear cosas nuevas y en vez de crear más plástico se puede volver a manejar así se aprovecharía lo necesario y los residuos peligrosos irían a parar a las celdas de basuras de este modo habría más espacio en los pozos de desechos peligrosos.

Estas leyes pueden ser benéficas como puede ser al contrario, están son prohibitivas, reglamentarias, infractoras y metodológicas:

Leyes
Ley 1252 del 2008: Dictan normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los residuos y desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones.

Artículo 4: Prohíbe la importación y/o tráfico de residuos o desechos peligrosos de territorio nacional, para rellenos sanitario que no cumplan con la capacidad o condiciones físicas y técnicas adecuadas para tal fin.

Artículo 7: Responsabilidad de los residuos peligrosos que generen emisiones, producto y subproductos, equipos desmantelados y en desuso, protección a todo personal.

Artículo 12: Obligación de realizar, informar, formular, garantizar, capacitar, etc.… todo relacionado con los residuos peligrosos.

Artículo 15: “Hidrocarburos de desecho” cumplir con las condiciones y requisitos establecido para las autoridades competentes ante el uso de este lubricante.

Ley 1259 de 2008: Se instaura en el territorio nacional la aplicación del comparendo ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros; y se dictan otras disposiciones.

Artículo 4: Se harán comparendo que incurran en faltas contra el medio ambiente, el ecosistema, y la sana convivencia, estos comparendos será para el propietario o el arrendatario, la sanción será igual para todo tipo de representante legal.

Artículo 6: Infracciones para los infractores que no cumplen las reglas exigidas para el vehículo de basuras como horarios para sacar basuras, sitios de arrojamiento, potes de basuras etc.…

Decretos.
Decreto 4741 De 2005
Artículo 5: Clasificación de los residuos o desechos peligrosos, demostración de residuos que no presenten ninguna característica de peligrosidad.

Artículo 10: Obligaciones del generador  tanto en garantizar e identificar, planes de gestión integral, dar cumplimiento a lo establecido según los decretos, planes de contingencia, medidas de prevención y control, servicios de almacenamiento lo cual esté relacionado con los residuos sólidos.

Artículo 11: Responsabilidad ante todo relacionado sus riesgos y aprovechamientos de estos residuos.

Artículo 19: Responsabilidad de la contaminación y remediación de sitios, contaminación de un sitios por efecto de un manejo o una gestión inadecuada de residuos o desechos peligrosos, diagnosticar, remediar y reparar el daño causado a la salud y el medio ambiente, conforme a las disposición legales vigentes.

Artículo 23: Obedecer las instrucciones de manejos seguros suministrados por el fabricante o importador del producto o sustancia química hasta finalizar su vida útil. Entregar residuos o desechos peligrosos pos consumo proveniente de productos o sustancias, estas sustancias deben ser actas para su transportación.

Artículo 35: los residuos o desechos radiactivos deben ser regidos por la normatividad ambiental vigente en materia de licencias ambientales, cumpliendo de la normatividad establecida  por el Ministerio de Minas y Energía.

Decreto 1505 De 2003
Artículo 1: Se hace el debido proceso ambiental para así recuperar estos residuos para un ciclo económico y productivo en forma eficaz por medio de la reutilización, el reciclaje con fines de generación de energía saludable.

Decreto 1140 de 2003.
Artículo 1: Reglamento de acumulación de los residuos con base de los diferentes contaminantes, lugar de almacenamiento, disminución de los residuos, conformidad del establecimiento, zonas de desarrollo de recuperación de residuos, evitación de deterioro y contaminación, entre otras.

Artículo 19: Ley de servicio de acumulación, teniendo en cuenta con obligaciones esenciales como son: área lisa, fácil para su limpieza, métodos de ventilación, suministros de agua, drenaje y prevención, control de incendios, crear capacidad de almacenamiento de residuos generado, alternativas de recuperación consideradas en el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos, permitir fácil acceso y recolección de los residuos, accesibilidad para los usuarios, el sitio no debe causar  molestias e impactos a la comunidad, ente otras.

Decreto 1609 De 2002
Artículo 4: Manejo de carga  peligrosa teniendo en cuenta sus debidos procedimientos en las diferentes clases de residuos peligrosos como: gases, líquidos inflamables, sólidos inflamables, sustancias comburentes y peróxidos orgánicos, sustancias toxicas, materiales radiactivos, sustancias corrosivas etc.…

Artículo 11: Obligación del propietario de mercancías peligrosas en cadena del transporte: Diseñar y ejecutar un programa de capacitación y entrenamiento sobre el manejo de procedimientos operativos, realizar una evaluación de la dosis de radiación recibida cuando se manipule, no despachar el vehículo llevando simultáneamente mercancías peligrosas, elaborar o solicitar al importador representante de los parámetro establecidos en la Norma Técnica Colombia NTC 4532, cumplir con las normas establecidas sobre protección, documentación, entre otras.

Resolución.
Resolución 541 de 1994
Artículo 2:   Requisitos de cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición final de materiales y elementos, requisitos del vehículo. Todo esto se tomara en cuenta del material de residuo o desecho, el sitio de entrega.

Resolución 1045 de 2003
Artículo 1: Adoptar la metodología para su debida elaboración y ejecución de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos.





Resolución 1446 de 2005
Artículo 3: Se requiere la monitoria del Sistema Obligatorio de Garantía de la calidad, lo cual deben obedecer la Superintendencia Nacional de Salud y las fichas técnicas establecidas en el Anexo Técnico que forma parte integral de la presente resolución.

Resolución 1362 de 2007
Artículo 2: Se debe solicitar la inscripción en el registro de generadores lo cual se debe efectuar de acuerdo con las categorías y plazos establecidos en el artículo 28 del Decreto 4741 de 2005.

Artículo 4: El generador debe diligenciar la información en el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos,  siendo así la información diligenciada  y suministrada inicialmente en el Registro De Generadores De Residuos O Desechos Peligrosos.

Artículo 5: Se debe actualizar la información diligenciada en el Registro De Generadores De Residuos O Desechos Peligrosos.

Artículo 12: Se bebe seguir un régimen sancionatorio a las medidas preventivas y sancionatorias a que haya lugar de conformidad con lo consagrado en los artículos, o la norma que los modifique o sustituya sin perjuicio de las demás acciones a que haya lugar.

Resolución 1511 de 2010
Artículo 16: Obligaciones en caso de efectos de aplicación de los Sistemas de Recolección Selectiva Y Gestión Ambiental de Residuos de Combillas. Estos residuos se deben se parados y seguir instrucciones según su tratado.


Resolución 1297 de 2010
Artículo 16: Obligaciones de los consumidores aplicando los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de los Residuos de Pilas y/o Acumuladores. Las obligaciones son las siguientes Separación, Seguimiento de instrucciones, entregar los residuos de pilas.

Resolución 1512 de 2010
Artículo 15: Obligación en los residuos de computadores las cuales son: Retornar o entregar los residuos de computadores, seguir las instrucciones de manejo, separación de residuos de computadores.

Resolución 1457de 2010
Artículo 14: Obligación en residuos de llantas usadas, esto se debe aplicar siguiendo el Sistema de Recolección Selectiva Y Gestión Ambiental Estas Obligaciones Son: Retornar o entrar las llantas usadas, seguir las instrucciones de manejo adecuado.

Resolución 415 de 2010
Artículo 1: Condiciones para su prestación a los derechos y obligaciones de los proveedores en el criterio de la organización, encadenamiento y concesión del servicio para su desarrollo de alcances, objetivos, fines y principios de dichos servidor público.



Estas leyes nos benefician siempre y cuando las acatemos y no violemos, cuando no cumplimos ordenes vienen castigos como multas de dinero y si el problema persiste puede convertirse en cárcel.

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